Buenos días,

Le enviamos un saludo e informamos lo publicado en materia de Comercio Exterior dentro del Diario Oficial de la Federación, para quedar como sigue:

La Srìa. de Economía publica la Resolución preliminar de investigación antidumping sobre importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta y helicoidal, originarias de Estados Unidos de América, España y la India, independientemente del país de procedencia, que ingresa por las fracciones arancelarias 7305.11.01, 7305.11.99, 7305.12.01, 7305.12.99, 7305.19.01 y 7305.19.99 de la TIGIE.

Con esta Resolución, se continúa el procedimiento de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, y se imponen cuotas compensatorias provisionales a las importaciones de tubería de acero al carbono con costura, que ingresen por las fracciones indicadas, o por cualquier otra, originarias de los Estados Unidos, España y la India, independientemente del país de procedencia, en los siguientes términos:

a. Para importaciones originarias de Estados Unidos, de 56.44% las provenientes de Stupp y de las demás empresas exportadoras, excepto las importaciones de tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta sujetas a cuotas compensatorias de la Resolución final del examen de vigencia y revisión de oficio, publicada el 18 de noviembre de 2011;
b. Para importaciones originarias de España, de 5.15% las provenientes de Siderúrgica de Tubo Soldado y de 73% para las demás empresas exportadoras, y
c. Para importaciones originarias de la India, de 55.28% las provenientes de Welspun Corp y de las demás empresas exportadoras.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Excelente día!!!

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