Buenos días,
Le enviamos un saludo e informamos lo publicado hoy en materia de Comercio Exterior en el Diario Oficial de la Federación, con el siguiente desglose:
La Sría. de Economía publica el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación.
Con este Decreto, se crean las fracciones arancelarias de la TIGIE, que se indican:
CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | Unidad | IMPUESTO | |
IMP | EXP | |||
1211.90.07 | Flor de jamaica. | Kg | 10 | Ex. |
4013.90.03 | De los tipos utilizados en motocicletas. | Pza. | Ex. | Ex. |
Se modifican los aranceles de la TIGIE, únicamente en lo que se refiere a las siguientes fracciones:
CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | Unidad | IMPUESTO | |
IMP | EXP | |||
1006.10.01 | Arroz con cáscara (arroz «paddy»). | Kg | 9 | Ex. |
1006.20.01 | Arroz descascarillado (arroz cargo o arroz pardo). | Kg | 20 | Ex. |
1006.30.01 | Denominado grano largo (relación 3:1, o mayor, entre el largo y la anchura del grano). | Kg | 20 | Ex. |
1006.30.99 | Los demás. | Kg | 20 | Ex. |
1006.40.01 | Arroz partido. | Kg | 20 | Ex. |
4011.40.01 | De los tipos utilizados en motocicletas. | Pza. | Ex. | Ex. |
Se establece arancel-cupo aplicable a mercancías que se indican, comprendidas en las fracciones de la TIGIE, siempre que el importador cumpla con los requisitos que determine la Secretaría de Economía para tal efecto y cuente con un certificado de cupo expedido por la misma:
CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | Unidad | IMPUESTO | |
IMP | EXP | |||
0203.11.01 | En canales o medias canales. | Kg | Ex. | No aplica |
0203.12.01 | Piernas, paletas y sus trozos, sin deshuesar. | Kg | Ex. | No aplica |
0203.19.99 | Las demás. | Kg | Ex. | No aplica |
0203.21.01 | En canales o medias canales. | Kg | Ex. | No aplica |
0203.22.01 | Piernas, paletas y sus trozos, sin deshuesar. | Kg | Ex. | No aplica |
0203.29.99 | Las demás. | Kg | Ex. | No aplica |
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación, excepto:
I. La creación de las fracciones 1211.90.07 y 4013.90.03 que entrará en vigor a los 60 días siguientes al de la publicación.
II. El arancel de las fracciones 1006.10.01, 1006.20.01, 1006.30.01, 1006.30.99 y 1006.40.01 que entrará en vigor a los 30 días siguientes al de la publicación.
Por último, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) publica elÍndice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes de noviembre de 2014 es 115.493 puntos, representando una variación de 0.81% respecto del índice correspondiente al mes de octubre de 2014, que fue de 114.569.
Excelente mitad de semana!!!