Buenos días,

Le enviamos un afectuoso saludo e informamos lo publicado hoy en materia de Comercio Exterior en el Diario Oficial de la Federación, para quedar como sigue:

La Sría. de Economía publica la Resolución Final de investigación antidumping sobre importaciones de lámina rolada en frío, originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresa por las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE.

Con esta Resolución, se declara concluido el procedimiento de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, y se imponen las siguientes cuotas compensatorias definitivas a importaciones temporales y definitivas, de lámina rolada en frío, que ingresen por las fracciones arancelarias 7209.16.01 y 7209.17.01 de la TIGIE, o por cualquier otra, originarias de China, independientemente del país de procedencia:

A. 65.99% para importaciones provenientes de Baoshan;
B. 82.08% para importaciones provenientes de Tangshan, y
C. 103.41% para importaciones provenientes de Beijing Shougang y de Shougang Jingtang y de todas las demás empresas exportadoras.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Excelente fin de semana!!!

Written by

Somos una empresa dedicada a generar soluciones electrónicas en Comercio Exterior con los más altos niveles de confiabilidad y tecnología.

Los comentarios están cerrados.