Buenas tardes,

Por este conducto le saludamos e informamos lo publicado hoy en materia de Comercio Exterior en el Diario Oficial de la Federación, para quedar como sigue:

La Sría. de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGDRPA) publica el Acuerdo por el que se establece la cuota de captura para el aprovechamiento de atún aleta azul (Thunnus orientalis) en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos en el Océano Pacífico y en aguas marinas que se encuentran en el área de regulación de la Comisión Interamericana del Atún Tropical.

El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación.

La Sría. de Economía publica el Acuerdo por el que se suspende para el año 2014 la aplicación del diverso por el que se da a conocer el mecanismo de asignación para importar frijol bajo arancel-cupo, publicado el 27 de junio de 2008.

Con este Acuerdo, se suspende para el año 2014 la aplicación del Acuerdo por el que se da a conocer el mecanismo de asignación para importar frijol bajo arancel-cupo, publicado el 27 de junio de 2008 y reformado mediante diversos dados a conocer en el mismo órgano informativo el 13 de enero y 14 de febrero de 2012 y el 12 de julio de 2013.

Durante este periodo y que corresponda al año 2014, la Secretaría de Economía no expedirá certificados de cupo para la importación de la mercancía a que se refieren las fracciones arancelarias 0713.33.02, 0713.33.03 y 0713.33.99 con la preferencia arancelaria establecida en el Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, del Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial y de los diversos por los que se establece el esquema de importación a la Franja Fronteriza Norte y Región Fronteriza, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2007.

La vigencia del presente Acuerdo iniciará el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y concluirá el 31 de diciembre de 2014.

También, el Acuerdo que modifica al diverso por el que se da a conocer el cupo para importar, con el arancel-cupo establecido, carne de pollo.

El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

Por último, la Resolución por la que se dan a conocer los nombres de los titulares y números de programas de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación suspendidos.

Con esta Resolución, se dan a conocer los nombres de los titulares y números de programas de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Programas IMMEX) suspendidos por la falta de presentación del reporte anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2013, así como por el incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 11, fracción III, ambos del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación IMMEX (Decreto IMMEX), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2006, modificado mediante diversos dados a conocer en el mismo órgano informativo el 16 de mayo de 2008 y el 24 de diciembre de 2010:

Las empresas citadas en el artículo primero de la presente Resolución tendrán hasta el último día hábil del mes de agosto de 2014, para:
I. Cumplir con los requisitos a que se refiere el artículo 11, fracción III del Decreto IMMEX, y
II. Presentar el reporte anual del total de las ventas y de las exportaciones resultantes del ejercicio fiscal 2013.

La Secretaría de Economía dejará sin efectos la suspensión de los Programas IMMEX a que se refiere la presente Resolución, a más tardar dos días hábiles después de que el Servicio de Administración Tributaria informe a esta Secretaría que la empresa ha cumplido con los requisitos a que se refiere el artículo 11, fracción III del Decreto IMMEX y los titulares de dichos programas presenten el reporte anual correspondiente al ejercicio fiscal 2013, siempre y cuando la presentación del referido reporte anual y el informe del Servicio de Administración Tributaria se realicen a más tardar el último día hábil del mes de agosto de 2014.

Los programas de las empresas que no subsanen tales omisiones quedarán cancelados definitivamente a partir del primer día hábil del mes de septiembre de 2014.

Excelente fin de semana!!!

Written by

Somos una empresa dedicada a generar soluciones electrónicas en Comercio Exterior con los más altos niveles de confiabilidad y tecnología.

Los comentarios están cerrados.