Buenas tardes,

Por este conducto le informamos lo publicado en materia de Comercio Exterior en el Diario Oficial de la Federación, para quedar como sigue:

La S.H.C.P. publica los Anexos 1, 9, 11, 14, 15 y 17 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada el 13 de marzo de 2014.

También, la Sría. de la Función Pública (SFP) da a conocer el Reglamento de la Ley de Firma Electrónica Avanzada.

Por último, la Sría. de Economía publica la Resolución Final de la investigación sobre elusión del pago de la cuota compensatoria impuesta a importaciones de lámina rolada en caliente, originarias de Rusia, independientemente del país de procedencia.

Con esta Resolución, se declara concluido el procedimiento de investigación sobre elusión del pago de la cuota compensatoria definitiva impuesta a importaciones de lámina rolada en caliente, independientemente del país de procedencia, con la aplicación de una cuota compensatoria de 21% a las importaciones de lámina rolada en caliente con un contenido de boro, igual o superior a 0.0008%, de ancho igual o superior a 600 mm y de espesor inferior a 4.75 mm, independientemente del largo, originarias de Rusia, que ingresan por las fracciones arancelarias 7225.30.04, 7225.30.05, 7225.40.03 y 7225.40.04 de la TIGIE.

La cuota compensatoria se aplicará sobre el valor en aduana de la mercancía, independientemente del cobro del arancel respectivo.

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Excelente fin de semana!!!

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