Buenas noches,

 

Por este conducto le informamos lo publicado hoy en materia de Comercio Exterior en el Diario Oficial de la Federación, para quedar como sigue:

 

La S.H.C.P. publica la Novena Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en materia de Comercio Exterior para 2013.

 

Con esta Resolución, se reforma a la Resolución para que de conformidad con el Resolutivo Quinto de la Octava Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013 y sus Anexos 1 y 25, prorrogándose al 31 de marzo de 2014 el plazo para que las aduanas estén en posibilidad material de concluir la tramitación, exclusivamente, de los expedientes que cumplan con los términos y con las condiciones que fueron establecidos en dicho Resolutivo.

 

En términos del párrafo anterior, de no concluirse los trámites correspondientes al 31 de marzo de 2014, ya no aplicarán los beneficios a que se refiere el «Acuerdo».

 

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

 

Al mismo tiempo, la Sría. de Economía publica el Acuerdo que modifica al diverso por el que se da a conocer el cupo para importar, con el arancel-cupo establecido, carne de pollo.

 

Con este Acuerdo, se reforman el primer párrafo del Punto Primero, el cuarto párrafo del Punto Quinto y el Punto Séptimo del Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar, con el arancel-cupo establecido, carne de pollo, publicado el 16 de mayo de 2013 y sus modificaciones.

 

El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación. Las constancias de asignación expedidas antes de la entrada en vigor del presente Acuerdo serán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2015, y los certificados de cupo expedidos con anterioridad a la entrada en vigor de este instrumento serán vigentes hasta el 28 de febrero de 2014.

 

Excelente fin de semana!!!

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